mayo 7, 2020
En México las firmas electrónicas son válidas para manifestar la voluntad y consentimiento de las partes. El código civil federal señala en su artículo 1803 lo siguiente: “Artículo 1803.- El consentimiento puede ser expreso o tácito, para ello se estará a lo siguiente: I.- Será expreso cuando la voluntad se manifiesta verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos”, …